BOLETÍN 106.- EL INTERCAMBIO COMERCIAL DEL ECUADOR Y EL
IMPACTO DE LAS SALVAGUARDIAS HASTA JULIO 2015
Nota Importante.- Este
artículo no es escrito por el editor del Blog, Luis Luna Osorio. Ha sido
preparado por el Eco. Marco Arias
Rivadeneira, profesional experto en comercio internacional, sobre todo en
temas aduaneros y arancelarios, amigo a quien se le pidió colaboración luego de
que él escribiera una carta al Director del diario El Comercio, argumentando
muy bien sobre la aplicación de las salvaguardias por el gobierno y su efecto
en el comercio exterior nacional.
INTRODUCCION.- Ecuador es uno de los
162 países miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC), organismo
según el cual, ocupa la posición 70 en las exportaciones mundiales y 68 en las importaciones comparables, con una
estructura de comercio que, en el caso de las exportaciones, la mayor
proporción corresponde a petróleo y productos agrícolas y en el caso de las
importaciones, a manufacturas.
La salvaguardia
arancelaria objeto de este análisis, adoptada mediante Resolución 11 del COMEX,
vigente a partir del 11 de marzo del 2015 [1]_/,
según uno de sus considerandos, se fundamenta en el artículo XVIII, sección B
del Acuerdo General de Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT 1994), una
vez que no se pudo mantener la medida similar aplicada a Colombia y Perú a
través de la Resolución No 50 del COMEX [2]_/,
que quedó sin aplicación por haber sido
adoptada violando disposiciones expresas de la Normativa Andina.
La percepción, especialmente
de los gremios de la producción, es que la salvaguardia vigente fue una medida
precipitada, aprobada sin los estudios de impacto que el caso ameritaba.
Ante la vigencia de
esta medida, interesa evaluar sus efectos y resultados en el primer semestre de
este año en relación con el primer semestre del año anterior, identificar los
sectores productivos beneficiados o afectados por esta medida y, considerando
que su antecedente fue la Resolución 50 del COMEX, analizar lo más importante
del intercambio comercial registrado con
Colombia y Perú, con el objeto de evaluar si su aplicación alcanzó o no los
objetivos especificados en dicha Resolución.
ANÁLISIS.-
La salvaguardia, es un impuesto adicional al arancel y los otros
impuestos vigentes que, al aplicarse sobre el valor CIF del producto importado,
real o supuestamente subsidiado, lo encarece. Este encarecimiento produce
efectos diferentes, dependiendo de si el producto importado se produce o no en
el país y si el bien es uno de consumo, una materia prima o un bien de capital.
En cuanto a los bienes
no producidos en el país, que constituyen la mayor proporción del ámbito de la
Resolución, el primer impacto es el aumento del valor del producto importado,
aumento que, en el caso de materias primas y bienes de capital, se traslada al
precio de los bienes y servicios nacionales que proceden de dicho producto,
subida de precios de casi todos los bienes, que sentimos los consumidores en
estos últimos meses. Sobre esta triste realidad surge la duda con respecto a si,
luego de los 15 meses que según fuentes oficiales duraría la medida, los
precios de los bienes y servicios podrían bajar.
Para los productos importados
y también fabricados en el país, que respecto al ámbito total de la Resolución
son la minoría, este encarecimiento le permite al productor, temporalmente, [3]_/ aumentar
su precio de venta y obtener mayor rentabilidad [4]_/,
sin embargo, esta medida, por su validez de pocos meses, no es una señal que
estimule nuevas inversiones y/o la creación de nuevas industrias.
Si bien la
salvaguardia es de reciente aplicación, con el objeto de contextualizar sus
impactos, no solamente sirve la comparación de las cifras correspondientes al
primer semestre de estos dos último años, sino también una síntesis de lo
ocurrido con el intercambio comercial ecuatoriano en este ejercicio
presidencial.
1. La balanza comercial total
del país del periodo 2007 – 2014 (incluyendo petróleo) fue negativa, excepto
en los años 2007 y 2008. En el 2009, año de la crisis generalizada a
nivel mundial, el saldo negativo fue de 208 millones de dólares, el
cual creció considerablemente en el 2010, en el que registró su mayor valor
(1.979 millones de dólares), para luego decrecer y llegar en el 2014 a 712 millones de dólares [5]_/.
Las exportaciones, incluido el petróleo, crecieron a una tasa anual del 7.6%,
pasando en el periodo de 14.321 millones de dólares a 25.732 millones, en tanto
que las importaciones lo hicieron al 9.3%, pasando de 12.895 millones a 26.221
millones.
2.
Sin petróleo,
la balanza comercial fue deficitaria en todo el período, déficit que
creció anualmente un 12.3%, a pesar de que en el 2014 el saldo
negativo fue menor que el registrado en el 2013. El crecimiento de las exportaciones no
petroleras fue del 8%, pasando de 6.893 millones de dólares a 12.716 millones.
3.
En el período se observa, año tras año, un crecimiento
sostenido del número de operaciones de comercio, con la particularidad de que
por cada operación de exportación se registran 5 de importación, excepto en el
2014, en el que esta relación fue de 1 a
4 [6]_/.
4.
En cuanto a destinos, incluyendo
petróleo, alrededor del 43% de las exportaciones ecuatorianas se dirigió a EEUU: 6.142 millones en el 2007 y 11.254
millones de dólares en el 2014. Sin petróleo, la participación de los Estados Unidos
se redujo al 22%. Perú en el 2007 fue el segundo mercado en
importancia y a él se exportó 1.505 millones de dólares y en el 2014 fue el tercer destino, después
de EEUU y Chile, con 1.577 millones de dólares.
5.
Por el lado de las importaciones, en el año 2007 aparecen
como proveedores líderes Estados Unidos, Colombia, Venezuela y China, con
cifras superiores a los mil millones de dólares, situación que en el 2014 se
mantuvo, aunque se modificó el orden; Estados Unidos, China, Colombia, Panamá y
cerca de los mil millones están cuatro países: Perú, México, Corea del Sur y
Brasil.
6. La mayoría de las exportaciones
nacionales de productos manufacturados se realizó con cargo a preferencias
arancelarias, principalmente las realizadas a
Colombia y Perú, logradas en la CAN en reciprocidad al tratamiento nacional
otorgado a las importaciones desde esos países.
7. En el 2007, las
exportaciones realizadas con cargo a preferencias representaron el 26% del total exportado incluido petróleo;
sin petróleo se redujo al 12%. En el 2014, las exportaciones incluido petróleo
fue del 23% y sin petróleo, del 10%.
8. En lo que a
importaciones beneficiarias de preferencias arancelarias se refiere, en el 2007
el 37% de las importaciones se nacionalizaron con cargo a algún porcentaje de
liberación y en el 2014 este porcentaje
se redujo al 23%.
9. Finalmente, hay
que puntualizar que, en el
comportamiento de las importaciones durante este período, tuvo una marcada
influencia la reforma arancelaria realizada a fines del 2007, mediante la
cual, con el objeto de estimular y
reactivar la producción nacional de bienes y servicios, se redujo a 0% el
arancel aplicado a las importaciones de materias primas y bienes de capital no
producidos. En la actualidad, de un ámbito de 7.461 ítems arancelarios que
conforman el arancel de importación, alrededor de 3.500 tienen 0% de arancel.
IMPACTO DE LAS
SALVAGUARDIAS.- La
aplicación de la salvaguardia a partir del 11 de marzo de este año, incidió
para que las importaciones registradas en el primer semestre del 2015 (10.984
millones de dólares) hayan disminuido en 1.646 millones de dólares respecto del
primer semestre del 2014 (12.630 millones de dólares), disminución que también se reflejó en las importaciones
de los productos directamente afectados por esta medida, que se redujeron
en 428 millones de dólares, respecto del
primer semestre del año anterior, es decir un 11.7% menos, pasando de 3.673 a 3.245 millones de
dólares.
Esta
disminución no sería preocupante si su abastecimiento se pudiera compensar con
producción nacional, pero la realidad es diferente, puesto que solamente un
número reducido de productos se fabrica en el país y el resto tiene
necesariamente que importarse. La situación anterior es más preocupante cuando
se observa el impacto por tipo de producto: por ejemplo, las compras de bienes
de capital sujetos a salvaguardia, disminuyeron
un 15%, en tanto que las de bienes de consumo disminuyeron solamente 5%
y las de materias primas, un 17%.
En
función de los cuatro niveles del arancel de salvaguardia, se observa que, pese
a la medida, los bienes sujetos al 25% de impuesto adicional registraron un
valor de importación ligeramente superior (388 millones de dólares) respecto al
registrado en el primer semestre de 2014,(más de 383
millones). En este grupo se mantuvo el valor de importación de materias primas
en alrededor de 72 millones de dólares, no así en el caso de bienes de capital,
cuya importación disminuyó de 98 a 85 millones de dólares. Las importaciones de
bienes de consumo subieron de 213 a 231 millones de dólares.
Las
importaciones de los productos sujetos al 45% de impuesto por salvaguardia
fueron las que más se redujeron (169 millones de dólares), al pasar de 1.508 a
1.303 millones de dólares. Lo
grave es que, además de estas disminuciones, especialmente de materias primas y
bienes de capital, que están incidiendo en una menor producción de bienes y
servicios y por ende en el nivel de empleo, se ha producido un encarecimiento
que se está trasladando a los costos de producción de los demás bienes. A la
situación descrita se suma la depreciación de las monedas de Colombia y Perú
respecto al dólar, lo cual, en conjunto ha estimulado los últimos meses para
que el contrabando o comercio no registrado que se observa en frontera se haya
generalizado y crecido en forma exponencial.
Finalmente,
el mecanismo de la salvaguardia complica cualquier negociación con otro país o
grupo de países, puesto que su aplicación afecta aproximadamente al 40% del
universo de productos, consecuentemente,
cualquier país que se siente a negociar con Ecuador, lo primero que va a
preguntar es qué pasa con este impuesto; en otras palabras, recién podríamos iniciar este tipo de negociaciones
en junio del 2016, incluyendo el Acuerdo con la Unión Europea, grupo que ha
solicitado a Ecuador que consulte con Colombia y Perú las condiciones en que se
suscribiría dicho Acuerdo, y obviamente estos países que ya están adelantados
algunos años, también van a exigir la suspensión de la medida.
CONCLUSIONES.- La salvaguardia generalizada y vigente se adoptó al no poder aplicar la que afectaba
solo a Colombia y Perú, para evitar que se deterioren aún más los saldos negativos
del intercambio registrados hasta el 2014, generados en su mayor parte por la
caída del precio del barril de petróleo.
La
salvaguardia es teóricamente importante, pero es solo una de las variables que
explican el crecimiento del comercio no registrado, que en estos últimos días
se pretende combatir con controles aduaneros más rígidos en frontera e
inclusive en los aeropuertos, lo que a la postre propicia actos de corrupción
que afectan la ética y la producción nacional, puesto que el contrabando es
ilegal y no paga impuestos.
Al
país le es más conveniente levantar la medida de salvaguardia, que no satisface
los objetivos buscados, ni siquiera el de recaudación tributaria, peor aún el de incrementar la producción nacional
competitiva, pues lo que hace es generar temporalmente una muy alta protección
efectiva arancelaria; desarrollando mucho la tendencia al contrabando y generando
disgustos y retaliaciones de los países afectados. que castigan a las exportaciones
nacionales.
Lo
que se debe hacer es aplicar rígidamente la norma andina, cobrando los
aranceles a los productos que ingresan sin el correspondiente certificado de
origen y lo que es más importante, cobrando los aranceles vigentes a los
productos que vienen con certificado de origen expedido en Colombia o Perú,
pero que constan en la “Nómina de bienes no producidos” que periódicamente
publica la Secretaría de la Comunidad Andina.
NOTA DEL EDITOR.- Hace
poco, el Ministro de Comercio Exterior anunció que muy pronto se levantarán las
salvaguardias para cerca de un centenar de productos. Es una decisión y
correctivo válido; pero, si se hace un estimado de las compras por las
fronteras y el contrabando por el mar, el encarecimiento de los productos que
se venden en el país y pagan las salvaguardias, y las represalias no oficiales de
los países afectados hacia las exportaciones nacionales, se debe reconocer que la
medida fue equivocada y hay que levantarla.
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BOLETÍN, DIFÚNDALO. SI NO DESEA
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[1] La Resolución No
11, del 6 de marzo del 2015, aprobó sobretasas arancelarias del 5, 15, 25 y 45
por ciento que a manera de salvaguardias se están aplicando temporalmente a
partir del 11 de marzo a la importación de productos comprendidos en 2.955[1] códigos arancelarios, es decir sobre el 39% del universo de bienes
comprendidos en el arancel de importación.
[2]
Colombia y Perú
sostienen que no devaluaron sus monedas, sino que fue el dólar el que a nivel
mundial se apreció.
[3] La Resolución 11 no determina el tiempo de aplicación
de la medida, sin embargo, fuentes oficiales han hablado de 15 meses de
aplicación.
[4]
El productor
está en posibilidad de subir su precio
de venta a un nivel cercano al del producto similar importado, que debe pagar
sobre su valor CIF, el arancel aplicado[4] y el arancel de salvaguardia más otros impuestos
a la importación.
[5]
Este valor fue menor al registrado en el 2013
(-793 millones de dólares) a pesar de que a finales de año ya se produjo la
disminución del precio del barril de
petróleo.
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