viernes, 26 de diciembre de 2014

LEY DE INCENTIVOS A LA PRODUCCIÓN Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL



BOLETÍN 90: LA LEY DE INCENTIVOS A LA PRODUCCIÓN Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL
Eco. Luis Luna Osorio MBA    DICIEMBRE 26 de 2014

La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley respectivo, enviado por el Presidente de la República con el carácter de urgente económico. En la primera parte, su título se refiere a “Incentivos a la Producción” y realmente debería referirse a “Incentivos Tributarios a la Producción” porque trata solo de ellos, habiendo otros tipos de incentivos, como los financieros; de formación y capacitación del talento humano; de promoción de las exportaciones; de facilitación de las importaciones de bienes de capital, insumos y materias primas; de desarrollo de cadenas y clusters productivos; de procedimiento y trámite; y, otros. En la segunda parte, cuando se refiere al “Fraude fiscal”, lo que busca es mejorar las recaudaciones del Estado, por medio de normas destinadas a mejorar sustancialmente el control gubernamental de ese fraude.

El autor de este blog considera que la acumulación de normas para cualquier objetivo es malo, porque complica su aplicación; es peor, cuando dichas normas son complejas y se las cambia con demasiada frecuencia, lo que dificulta la acción hasta de los abogados especializados, no se diga de los empresarios; y, es mucho peor, cuando quienes las aprueban, dizque para que rijan por trecientos años, al poco tiempo las desconocen y reclaman su revisión, porque no se acomodan a sus intereses políticos inmediatos.

Lo expresado lleva a que haya inseguridad e inestabilidad jurídica, lo que quiere decir que la ciudadanía teme que las leyes que ahora rigen mañana pueden ser cambiadas y no puede planificar a largo plazo  sus actividades de cualquier tipo, pero especialmente las empresariales (5, 10, 20 años, en el caso de las industrias), si considera que los planes, programas y proyectos que desea desarrollar, especialmente los presupuestos financieros, luego de haberlos armado con mucho cuidado y profesionalismo, se derrumban ante la arremetida legislativa revisora, más todavía, si esta no se dirige a facilitar las tareas de las empresas, sino a entorpecerlas y gravarlas.

Con mucha razón, el asambleísta René Yandún Pozo, en una carta oficial a la Comisión Especializada Permanente de la Asamblea Nacional, que tuvo que ver con el análisis del proyecto de Ley en referencia, manifestó: 

“En relación con los incentivos, desde 2010 existe el Código de la Producción, que contiene una gran cantidad de ellos; pero, ese Código no ha tenido mayor aplicación, debido a que en el país falta un elemento esencial de la actividad económica, que es la seguridad jurídica, consagrada en el Art. 82 de la Constitución de la República. En este gobierno han habido nueve reformas tributarias; se han revisado o declarado inválidos varios convenios internacionales  de aseguramiento recíproco de la inversión y varios contratos firmados con empresas extranjeras; además de que se ha recomprado títulos de deuda pública externa por valores muy inferiores a los de mercado, lo que significó el cierre del mercado financiero internacional para el país. Por lo tanto, sugiero que este proyecto de Ley contenga las principales reformas necesarias a las normas relacionadas con las políticas macro-económicas, con la finalidad de que, de una vez por todas, los inversionistas conozcan las reglas de juego y éstas se mantengan en el tiempo.” 

Lo antes expresado tiene fundamento en declaraciones oficiales y hechos reales: 

1. El Código de la Producción fue aprobado con bombos y platillos. Se dijo entonces: “Es un conjunto de normas que determinan el rol del estado en el fomento de la producción, establece claras reglas de juego y de seguridad jurídica. Establece incentivos de orden general, sectorial, para producción ecoeficiente, para zonas deprimidas y establece zonas económicas de desarrollo especial. Así también establece los vasos vinculantes para las legislaciones futuras: ley de economía popular y solidaria, ley de control de mercado, ley de tierras, entre otras. Entre los incentivos generales está la reducción de tres puntos en el impuesto a la renta, para ello no se requiere que se firmen los contratos de inversión. Este es un instrumento para los que desean seguridad jurídica y posibilidad de arbitraje internacional y para los que desean acogerse a los incentivos sectoriales, de zonas deprimidas y zonas económicas especiales. Otros incentivos generales comprenden: deducciones para mejoras de productividad de pymes, producción limpia, eliminación de ISD para financiamiento, entre otros.”  http://blog.todocomercioexterior. com.Ec/2010/11/ codigo-de-produccion-insentivos.html#ixzz 3Mj XVu Mek
 
La realidad es que, desde la vigencia del Código de la Producción, “... se han suscrito solo 14 contratos de inversión, por poco más de 2.600 millones de dólares.” Del total, 2.014 millones (77%) corresponden a la minera EcuaCorriente y hay dos adicionales de 300 (12%) y 130 millones de dólares (5%); los demás contratos no llegan individualmente a 40 millones de dólares; es decir que las inversiones en el país han sido limitadas en valor y altamente concentradas (94%) en apenas tres empresas. 

2. Las reformas tributarias frecuentes no son obra exclusiva de este gobierno, vienen desde mucho tiempo atrás; pero, en los gobiernos anteriores, el problema era que el Fisco estaba siempre carente de dinero para solucionar sus problemas principales y uno de ellos era pagar la deuda externa; mientras que, en este gobierno, ha habido abundancia de recursos derivados de la exportación petrolera y el incremento de la recaudación tributaria, no obstante lo cual, ha sido insaciable el deseo de obtener y gastar nuevos recursos públicos, no necesariamente para invertirlos, sino para gasto corriente. 

3. Con respecto a los tratados internacionales de promoción y protección recíproca de inversiones, el Presidente Correa hizo conocer hace tiempo su posición contraria a la vigencia de los mismos, argumentando, por ejemplo, según el Diario El Telégrafo del 12 de marzo de 2013, en carta enviada al Presidente de la Asamblea Nacional, en el caso del Tratado con Estados Unidos, que  “contiene cláusulas contrarias a la Constitución y lesivas para los intereses nacionales” y que “Los tribunales a los que este tratado obliga a someter jurisdiccionalmente a Ecuador, al resolver controversias entre compañías extranjeras y el Estado ecuatoriano, no toman en cuenta el derecho ecuatoriano, sino que valoran ‘peculiarmente’ el concepto de ‘inversión’, llegando a inobservar el ordenamiento jurídico nacional cuando consideran que las medidas legislativas tomadas por la República del Ecuador han sido ‘arbitrarias’ o ‘discriminatorias”. 

4. En relación con los contratos con empresas extranjeras, baste señalar que a las compañías petroleras que operaban en el Ecuador basadas en contratos de otros tipos, se les comunicó que, sobre la base de los términos de la Constitución 2008,  en este gobierno solo quedarían vigentes los contratos de servicios; y que, por tanto, o renegociaban o se iban, lo que hizo que varias de ellas, entre ellas la OXY salieran del país e incluso acudieran a instancias judiciales internacionales para reclamar los que creen son “sus legítimos derechos”.

5. La recompra forzada, a muy bajo precio, de los títulos de la deuda pública externa del país a los acreedores, fue calificada por las autoridades gubernamentales como un éxito nacional; pero, por contraste, cerró el mercado financiero internacional al Ecuador. 

Según la Revista Vistazo del 12 de junio de 2009, el anuncio de los resultados de la recompra fueron presentados al presidente de la República, Rafael Correa, por la ministra de Finanzas Viteri, quien explicó que el ahorro inmediato de esta operación superaba los $2.000 millones. Esto, si se toma en cuenta que los bonos representaban un monto nominal de $3.375 millones, pero gracias al descuento logrado, el Estado solo invirtió $900 millones en la recompra. La ministra dijo que el monto del ahorro podría aumentar, ya que en los próximos días se presentaría una oferta para retirar más bonos, pues "hubo acreedores que no alcanzaron a presentar una oferta y otros que no pudieron ser contactados por nuestros asesores financieros".

De acuerdo con lo que explicó la funcionaria, al momento en el mercado financiero solo quedaba el 7,2 % de los $2.700 millones de dólares en bonos 2030 y el 18% de los 510 millones de dólares en bonos 2012. Esto implicaba que, en la proyección al año 2030, Ecuador lograría un ahorro total de 7.505 millones de dólares.

Con ese motivo, el Presidente Correa aseguró que “estamos muy cerca de declarar a Ecuador un país libre de deuda externa ilegítima”. Dijo que con estas medidas se resuelve la tercera parte del problema de la deuda pública ecuatoriana; y que por ello, se analizan las medidas que se deberá tomar en los otros tramos de la deuda bilateral y multilateral. Finalmente, indicó que el gobierno busca solucionar “la herencia nefasta de un período oscuro, que ha significado un desangre terrible de recursos que nos ha mantenido en el subdesarrollo". *_/ Basado en: http://www.vistazo.com/webpages/pais/?id=6519

Algún día, algún economista y experto financiero debería efectuar un análisis detallado de costos y beneficios para el país derivados de esa acción, los cuales no deberían ser considerados exclusivamente desde el punto de vista cuantitativo del ahorro inmediato, sino también desde el cualitativo a mediano y largo plazo, una vez que el país desmejoró notablemente su imagen ante posibles inversionistas, bancos y organismos financieros internacionales; y, tuvo que pagar a China y posiblemente a otros acreedores, altos intereses a plazos cortos  y con condiciones complicadas, entre ellas la de destinar un porcentaje de los recursos obtenidos, a proyectos en los cuales ciertas empresas del acreedor tengan capacidad de entregar las obras “llave en mano”, con altos costos y eventual baja calidad. 

Así pues, en criterio del autor de este blog, poco efecto real tendrán los incentivos previstos, como lo tuvo el Código de la Producción, pues son medidas que no consideran en forma global la posibilidad de incentivar a las empresas productoras y que, dentro de la misma ley, establecen reglas muy exigentes para la nueva inversión extranjera que pretende atraer y mecanismos de exagerado control para reducir el fraude fiscal. 

Si el país no cuenta con reglas claras y estables de juego para los empresarios, los existentes ahora buscarán irse del país, como ya lo han hecho varios, y los extranjeros ni siquiera pensarán en llegar al Ecuador, teniendo alternativas como Colombia y el Perú, para hablar solo de los vecinos, que, como decía el gerente de una empresa, no están físicamente distantes pero son política y económicamente distintos y confiables.  Decía él: cuando aviso a mis abogados que voy a formar una empresa en este país, me presentan una larga lista de obligaciones para la empresa, de orden legal, fiscal, laboral, ambiental, sanitario, de control del poder del mercado, de restricción a invertir en ciertos sectores, como los estratégicos; pero, además, me advierten que el mercado disponible es solo el del Ecuador y cuando más el de la Comunidad Andina (léase Colombia); y, me dicen que están en camino muchas medidas cuyo objeto es reducir el campo de acción a los emprendedores, en términos de control de las inversiones, pagos al fisco, requisitos de funcionamiento, limitaciones a las utilidades de los empresarios y los trabajadores, y un largo etcétera; mientras que, en el Perú, por ejemplo, apenas el gobierno tiene el dato de que se va a formar una empresa, les comunica a sus organizadores que cuentan con un mercado de cientos o miles de millones de personas, gracias a los acuerdos comerciales en vigencia; que deben enmarcarse en políticas y leyes estables que tienen decenas de años de aprobadas, cuentan con incentivos de toda clase y sobre todo, con el apoyo oficial para alcanzar competitividad, desarrollar cadenas productivas o clusters, y promover sus ventas en el mercado internacional. 

Cabe, entonces, un llamado de atención al gobierno, en el sentido de que defina reglas claras, completas y estables de juego para los empresarios nacionales y extranjeros, que les permitan multiplicar y fortalecer los diferentes sectores productores de bienes y servicios, con miras en el largo plazo. Solo así se podrá realmente cambiar la matriz productiva y participar del mundo globalizado con éxito; caso contrario, cada día estaremos más alejados del objetivo de darle a toda la población trabajo digno y bienestar y de contar con la tecnología necesaria para lograr el despegue hacia otra era económica. 

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